martes, 29 de mayo de 2012

RESEÑA

En 1978, mes de enero, se inició el diseño del Proyecto Educativo Institucional - PEI, su Planeación, Organización y Montaje, por parte de su fundador principal y pionero. En este año se empezó la elaboración del Estudio de Factibilidad, el diseño de las ocho carreras que hoy ofrecemos y la estructuración, definición y re afirmación de la Misión en sus ocho elementos o conceptos.

En 1980, se inició el ensayo y comprobación del Proyecto Educativo, además de los trámites básicos para su puesta en marcha definitiva. Fue el año en el que se concluyó el Estudio de Factibilidad y otros documentos fundamentales para la creación de la Universidad.


En 1982, se creó el Ente Educativo, mediante Acta de Constitución y se iniciaron los trámites oficiales
ante el ICFES. En este año se inauguró su primera sede académica en la ciudad de Santafé de Bogotá, con un sofisticado montaje, el cual incluía lo más avanzado en modernidad, ciencia y tecnología, en cuanto al momento que vivía el país.


Se reafirmó la prueba del Proyecto Educativo a través de la continuación de actividades de capacitación y entrenamiento a nivel de Educación No Formal. Se integró además el grupo de líderes quienes constituirían el primer Consejo Superior, con personalidades de primer orden de la vida nacional.


En 1984, se le otorgó a la Institución Universitaria su Personería Jurídica, por parte del Ministerio de Educación Nacional. Así quedó oficialmente creada la entidad y se inició su funcionamiento con el primer programa y su carrera bandera, Administración Informática.


En 1986, se efectuó el mayor desarrollo, en cuanto a instalaciones, actividades y equipamiento, produciéndose así el avance institucional más representativo en toda la historia de la CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE COLOMBIA IDEAS.


En 1988, se graduó la primera promoción a nivel de Tecnólogos, dentro de la primera etapa de educación profesional, con base en la Formación Universitaria por Ciclos que se aplica en una de las ocho carreras que tenemos actualmente, la de Administración Informática, la cual fue la primera en iniciar su funcionamiento y con la que empezó labores nuestra Institución Universitaria.


En 1990, se graduó la primera promoción a nivel profesional universitario, precisamente la de los Tecnólogos graduados dos años atrás. Además se logró otra gran expansión y un importante crecimiento.


En 1992, con la promulgación de la ley 30 de la Educación Superior, se notificó al ICFES la creación e iniciación de tres carreras fundamentales para el desarrollo del país, las cuales tenían casi nueve años de tramitación en dicho Instituto donde en esa época era muy complejo el poder lograr una aprobación, debido a las políticas imperantes. En este año notificamos las tres siguientes carreras: Ingeniería Telemática, Traducción Simultánea y Ciencias Ecológicas. En este mismo año, se aprobaron los nuevos estatutos, en los que se incluían los ajustes a la ley 30.

En 1994, nació la gran subsede o extensión en Medellín-Itaguí. Con ello empezaron las carreras de Derecho, Contaduría Pública y Publicidad y Mercadeo, tres nuevas carreras en las dos principales ciudades del país.

En 1996, se gestó otro importante crecimiento, con la realización de múltiples convenios internacionales. Además la aprobación por parte del ICFES para abrir varias carreras en Arauca y Chocó.


En 1998, se graduó la primera promoción de la carrera Administración de Empresas, teniendo como base los demás programas similares y complementarios de la Universidad. Otro acontecimiento importante fue la iniciación de contactos y trámites con el fin de abrir una sede de la Institución en la República de Panamá.


En el 2000, se gradúa en Medellín-Itaguí, la Primera Promoción en Administración Informática a nivel Profesional y la Tercera Promoción a nivel Tecnológico. En Santafé de Bogotá se gradúa la Primera Promoción de la carrera Traducción Simultánea, la Primera Promoción de Contaduría Pública, la Segunda Promoción de Ingeniería Telemática, la Quinta promoción de Administración de Empresas, la Vigésima Tercera Promoción de Tecnólogos en Administración Informática y la Décima Séptima Promoción de Profesionales en Administración Informática. Además la apertura de nuestra sede en Medellín en el Barrio el Poblado.


A mediados de este año, terminó en Bogotá y en Medellín-Itaguí, la Primera Promoción de Derecho y en ambas ciudades, la Primera de Ecólogos, como también la Primera de Publicidad y Mercadeo.


En el 2002, se inician trámites para la apertura de nuestra Sede en Cartagena. Se inaugura una nueva sede en Bogotá, destinada a la Biblioteca de la institución y con proyección comunitaria para servicio adicional a todos los vecinos del barrio Chapinero, al cual pertenece la institución universitaria.



En el 2004, por convenios con Alcaldías y Gobernaciones se culminaron todos los trámites para extensiónde programas universitarios y consecuentemente abrir las sedes en: Cartagena, Villavicencio y La Estrella Antioquia. Se elaboró el Plan de Desarrollo. Al mismo tiempo se realizaron las respectivas investigaciones para diseñar y presentar los estudios que permiten el logro de los Registros Calificados de todos los programas en las diferentes ciudades del país, donde se cuenta con sedes académicas, incluyendo a Arauca y Quibdó.


Misión.

SER UNA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA CONSAGRADA A :



FORMAR INTEGRALMENTE CON ENFOQUE INTERNACIONAL LIDERES Empresariales - Informáticos - Bilingües. Con mentalidad Ecológica, Capacidad Creativa y Habilidad Comunicadora.

Son los nueve elementos y conceptos fundamentales de nuestra Misión.
Todo lo anterior, describe nuestras nueve fortalezas, primordialmente, las relacionadas con los tres temas básicos citados dentro de la palabra IDEAS, los cuales se desarrollan a través de las ocho CARRERAS y los cuatro POSTGRADOS, ofrecidos actualmente a la comunidad nacional e internacional, siendo estos tres temas los siguientes:

Inglés – Desarrollo Empresarial – Administración de Sistemas

Visión.
Llegar a ser, al finalizar el año 2006, reconocida IDEAS, como la entidad universitaria de mayor desarrollo, dentro del ámbito de la Educación Superior Colombiana, en cuanto al Proyecto Educativo Institucional, basado en los tres temas fundamentales, a saber:

  1. Idioma Inglés y Enfoque Internacional.
  2. Desarrollo Empresarial, Creación de Empresas y Liderazgo.
  3. Administración de Sistemas, Informática , Telemática y Computación.

Y serlo también en los aspectos complementarios :

  • Mentalidad Ecológica.
  • Capacidad Creativa.
  • Habilidad Comunicadora.

VICIOS DE CONSENTIMIENTO

ERROR: 
               -En el objeto EJ: cuando el contrato se hace con una persona distinta


DOLO:
               -Cuando se hace el contrato con mala fe.


FUERZA:
              -Cuando se intimida a una persona para realizar el contrato.




OBJETO DEL CONTRATO:


Lo más esencial; el uso, goce y disfrute de la cosa,  bien u objeto.


REQUISITOS DE UN CONTRATO:




                *Ser posible 
                *Ser licito
                *Ser totalmente determinado el objeto del contrato.




CONTRATOS EN ROMA:

              -Contrato de compraventa: Contratos verbales
                                                             Contratos escritos


              -Contrato de arrendamiento: Esclavos


                                                                Animales 

                                                                 Tierras 


              -Contrato de comodato: Lo más esencial; el uso, goce y disfrute de la cosa,  bien u objeto


              -Contrato de deposito: Consistía en entregar un bien a otra persona en depósito para que se lo guardar con el fin de que lo entregara cuando fuera requerido.


              -Contrato de prenda: Consiste en entregar una cosa en garantía de otra.
             
              -Contrato de mandato: Consensual, gratuito y de buena fe, en cargarle a otra persona la ejecución de varias operaciones financieras.

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LAS OBLIGACIONES EN ROMA

Vinculo jurídico entre 2 :

                    -Obligaciones Civiles
                    -Obligaciones Naturales
 
                                      *Sujeto activo : puede ejercer el derecho dependiendo a quien incumple la obligación
                                      *Sujeto pasivo : El que incumple.


OBLIGACIONES CIVILES:

Son aquellas que puedo ejercer judicialmente y civilmente.

Esta obligación civil  puede pasar a ser una obligación natural. Vencimiento de términos.

OBLIGACIONES NATURALES:

Son aquellas en la que el acreedor no cuenta con una  acciónjurídica  para hacer efectivo el  cumplimiento  del contrato. 

Esta obligación natural puede pasar a ser una obligación civil. Ante un juez.


 

LA SUSECION

En Roma las mujeres no heredaban, con la ley  de las 12 tablas.


La sucesión era entregar los bienes a los familiares después de haber fallecido.







Titulo universal:se entregaba todo el activo y el pasivo " una herencia"

Titulo singular:se entregaban determinados bienes " un legado”



ADQUISICIÓN DE LA HERENCIA:

Adquisición de la herencia estáestipulada en el artículo 1047 del código civil.


SUCESIÓN ABINTESTATO O LEGÍTIMA:

Cuando no hay testamento.









lunes, 28 de mayo de 2012

LA POSESION

Es la tenencia de un bien con animo de señor y dueño, la posesion nace desde el momento en que yo me creo dueño de la cosa.

ELEMENTOS ESENCIALES DE LA POSESION:

           -ANIMUS: Cuando se tiene el animo de señor y dueño, defendiendo mi derecho como poseedor

           -CORPUS: Tener la cosa u objeto.

Cuando son bienes muebles, tiene un plazo de 3 añospara prescribir el derecho de tenencia

Cuando son bienes inmuebles, su plazo es de 5 años.


PORCESO REIVINDICATORIO EN ROMA

Cuando alguien penetra en mi propiedad en la cual se pueden realizar 2 situaciones juridicas para que no me las quiten por la posesion son:

                       -Proceso policivo: Es el lanzamiento por ocupacion de hecho.
                     -Proceso reivindicatorio: realizado por un juez de la republica.

SERVIDUMBRE

En Roma se daba la servidumbre por tierras, animales, personas.

             -SERVIDUMBRE ACTIVA: Es la beneficiada
             -SERVIDUMBRE PACIVA: Es la que sede el terreno.

ESTADOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS

ESTADO DE LIBERTAD:

Aquel atributo esencial de la persona o humano, el hombre que n o era libre en roma no era catalogada como persona.

LIBRES:

Facultad natural que cada uno tiene de hacer lo que le plazca a no ser que la ley se lo impida.El hombre libre era el que podía tener estado de ciudadanía y de familia.

ESCLAVOS:

Condición jurídica del esclavo era la del bien patrimonial sujeto absoluto de su amo o dueño ( DOMINUS ) no era potestad, sino un derecho real de una persona sobre un bien patrimonial.
     
                   No podía contraer matrimonio, uniones sexuales de hecho, no de derecho (CONTUBERNIUM).

                   No podía adquirir ni enajenar por cuanto no tenía un patrimonio propio a la manera de ser libre. Sus actividades económicas eran de hecho no de derecho y aprovechaban al dueño.El dueño adquiría por medio del esclavo, era instrumento de adquisición para su dueño, contrario no podía obligar al dueño en esas actividades de hecho.

ESTADO DE CIUDADANIA:

Era la facultad que se tenía para ocupar cargos, o dignidades del estado.

          -EL IUS HONOR: Derecho a ser majistrado y ejercer cargos publicos
               -EL IUS CONCUBI: Derecho a contraer matrimonio
               -EL IUS COMERCI: Derecho a ejercer el comercio

PEREGRINOS:

Extrageros residentes en Roma

LATINOS:

Quienes provenian del latino pueblo vesino de Roma

TUTELA Y CURATELA

TUTELA

Significa protección, defensa, guardar, preservar, sostener, socorrer; podemos considerarla como el poder otorgado por el derecho civil a una persona con el objeto de que esta proteja a otra por razones de sexo o edad.

CLASES DE TUTELA:

                  -Tutela Testamentaria
                  -Tutela De Impuberes
                  -Tutela Legitima
                  -Tutela Legitima Del Patrono
                  -Tutela Dativa
                  -Tutela Fiduciaria

CURATELA

Es el poder otorgado por el derecho civil a una persona con el objeto de que esta represente y proteja a aquella persona incapaz de obrar o administrar su patrimonio ya sea por una causa particular o accidental.

CLASES DE CURATELA:

                 -Curatela de los pupilos
                 -Curatela especiales

miércoles, 23 de mayo de 2012

FUENTE FORMAL DEL DERECHO

FUENTES FORMALES DEL DERECHO
ROMA
Normas más importantes  (carácter general de la ley: Mandar, Permitir, Prohibir o Castigar)
1.  Costumbres

2. Lex poetelia papiria: acabo con la esclavitud.

3. Lex aquilia de damno: hacía alusión  a los daños  a las cosas.

4 .Lex cincia: donaciones.

5. Lex plaetoria: validez de los negocios jurídicos de los menores.

6. Lex furia: determinadas prohibiciones a los testadores.

7. Lex falcidia: implementaba las reglas de la sucesión.

8. Lex silia y lex calpurnia: acciones en las fundaciones.

9. Lex iulia y papiapopea: matrimonio- hijos- sucesiones.

10. Lex atilia de tutore dando: Tutela- proteger los derechos de los incapaces y mujeres.

COLOMBIA
Constitución
 Ley
Decretos nacionales
Resoluciones nacionales
Circulaciones nacionales  

DEPARTAMENTAL:
Ordenanzas
Decretos
Resoluciones
MUNICIPALES:
Acuerdos
Decretos
Resoluciones
Costumbres
Jurisprudencia
Doctrina


PERSONA:
Ser que puede adquirir derechos y contraer obligaciones civiles. Todo individuo de la especie humana.

ESTADOS FUNDAMENTALES D ELA PERSONA  

1. ESTADO DE LIBERTAD: Atributo esencial de la persona humana.
Base de toso derecho, constituía el elemento esencial de la  personalidad humana. El hombre que no era libre no era persona.

HOMBRE: libres y  esclavos

El hombre libre era el que podía tener estado de ciudadanía y de familia

Libres: facultad natural que cada uno tiene de hacer lo que le plazca a no ser que la ley se lo impida.

Esclavos: la condición jurídica del esclavo era la del bien patrimonial sujeto absoluto de su amo o dueño (DOMINUS) no era potestad, sino un derecho real de una persona sobre un bien patrimonial. (POTESTAD DOMINICAL).

A.  No podía contraer matrimonio, uniones sexuales de hecho, no de derecho (CONTUBERNIUM).
B.  No podía adquirir ni enajenar por cuanto no tenía un patrimonio propio a la manera de ser libre. Sus actividades económicas eran de hecho no de derecho y aprovechaban al dueño. El dueño adquiría por medio del esclavo, era instrumento de adquisición para su dueño, contrario no podía obligar al dueño en esas actividades de hecho.
C.  El esclavo  no podía ser sujeto activo ni pasivo de acciones judiciales, por cuanto no podía serlo de derecho.

MANUMISION: acto jurídico por el cual el amo o dueño del esclavo le daba libertad, lo convertía en hombre libre. Así recibía el nombre de LIBERTO (libertus o  libertinus) antes era  MANUMITIDO. El amo que le había MANUMITIDO se llamaba PATRONUES respecto de su liberto, este quedaba con determinadas obligaciones a favor de aquel.

El hombre libre que jamás había sido esclavo se llamaba INGENUO (ingennus) con condición jurídica y social superior a la del liberto. Los libertos con múltiples divisiones eran de condición jurídica y social inferior.
   
   2. ESTADO DE CIUDADANIA (satatus civitatis) facultad para ejercer cargos.
Los hombres libres se dividen en ciudadanos y no ciudadanos, los ciudadanos  estaban sometidos al  IUS CIVILE: reservado a los ciudadanos romanos.

LOS NO CIUDADANOS
Los que no  tenían la calidad  de ciudadanos estaban excluidos del IUS CIVITATIS, estaban sometidos al IUS GENTIUN derecho común y no al ius civile.

PEREGRINOS: extranjeros residentes en Roma.
LATINOS: quienes provenían del LATINO pueblo vecino de ROMA.

CLASIFICACIÓN:

LATIN VETERES: habitantes del antiguo LATIUM sujetos al poder de roma.

DEFINICIONES

Ius: Derecho romano.

Roma:

  • Costumbre
Ley: 
  • Poetelia papiria: Acabo la esclavitud. Dispuso la prohibición del encadenamiento, la venta y el derecho de dar muerte a los nexi.
  • Aquilia de damno: Daño al bien ajeno.
  • Cincia: Donaciones.
  • Plaetoria: Validez de los negocios jurídicos de los menores
  • Furia: Prohibición a los testadores
  • Falcidia: Propuso las reglas de la sucesión.
  • Silia y lex calpurnio: Acciones de las fundaciones.
  • Iulia y papia papea: Habla sobre el matrimonio, hijos y sucesiones
  • Atilia de tuture dando: Derecho tutelar.

Colombia:

  • Constitución Política Colombiana.
Ley: 
  • Mandar, permitir, prohibir o castigar 
  • Decretos nacionales.
  • Resoluciones nacionales.
  • Circulares nacionales.
  • Ordenanzas departamentales.
  • Decretos departamentales.
  • Resoluciones departamentales.
  • Acuerdos municipales.
  • Decretos municipales.
  • Resoluciones municipales.
  • Costumbre.
  • Jurisprudencia.
  • Doctrina.

origen de la vida y la ciudad antigua

LIBRO ORIGEN DE LA VIDA (Oparin)
La vida no puede haber existido siempre.
Desde los tiempos más remotos el ser humano se ha  preguntado sobre el origen de la vida en la tierra y han dedicado la máxima atención a este problema en cada época diferente y durante cada una de las distintas fases del  desarrollo de la cultura este problema ha sido resuelto con arreglos a normas diversas se ha considerado como una lucha entre dos filosofías el idealismo y materialismo.

Materialismo: La combinación compleja de manifestaciones y propiedades tan  características de la vida debe haber surgido en el proceso  de la evolución de la

Idealismo: consideran  la vida como manifestación de un principio espiritual supremo, inmaterial al q le dan nombre de (alma, espíritu universal, fuerza vital razón divina etc.)
LIBRO CIUDAD ANTIGUA

Creencias sobre el alma y la muerte: veían la muerte como un cambio de vida, creían que el espíritu mortal cuando salía del cuerpo iba a animar a otro. Y se le llaman la segunda existencia. Se decía también que el alma estaba unida al cuerpo  y que ni en la muerte se separaban porque el alma buscaba al cuerpo en la tumba

El culto de los muertos: se establecieron algunas reglas como que el muerto tenía la necesidad de comer y beber, se comprendió q los vivos debían satisfacerla. Se consideraban a los muertos seres sagrados recibían los nombres más respetuosos,(buenos, santos, bienaventurados) cada muerto era un dios subterráneo (DIOS BAJO LA TIERRA)

Fuego sagrado: En la casa de un griego o romano encerraba un atar y en él debía haber siempre un poco de cenizas y carbones encendidos. Era obligación sagrada de cada dueño de casa mantener el fuego de día y noche, y era desgraciada aquella que llegara a apagarse, dejaba de arder el fuego cuando el hogar haya extinguido. Para alimentar el fuego debía ser con determinada leña, se hacía distinción de árboles. Se les permitían solo un día al año apagar el fuego sagrado que era el 1 de marzo y encenderlo otro pero con las reglas que decía el rito. Se le creía poderoso, se le ofrendaba como para agradar a un dios, y por ello se  le reclamaba su protección (salud, riqueza, felicidad).

Religión doméstica: Desde hace muchos años el hombre solo admite una doctrina religiosa mediante dos condiciones: que le anuncie un dios único, y que se dirigía a todos los hombres y a todos sea accesible sin rechazar sistemáticamente ninguna clase ni raza. En esta religión primitiva cada dios solo podía ser adorado por una familia. La religión era puramente doméstica. Una de las reglas de aquel culto, era que cada familia solo podía rendir culto a los muertos que le pertenecían por la sangre, por eso la ley prohibía que un extranjero se acercase a una tumba, tocar con el pie, aun por descuido una sepultura era un acto impío.

La familia: La religión ha sido el principio constitutivo de la familia antigua. En ciertos días, cada cual determinado por su religión doméstica. Los vivos se reúnen cerca de los antepasados. Les llevan la comida fúnebre, les vierten la leche y el vino, depositan las tortas y frutas o queman en su obsequio la carne de una víctima. A cambio de estas ofrendas, solicitan su protección, les llaman sus dioses y les piden que den fertilidad al campo, prosperidad a la casa, virtud a los corazones. Una familia era un grupo de personas al que la religión permitía invocar al mismo hogar y ofrecer la comida fúnebre a los mismos antepasados.

El matrimonio: El matrimonio era la ceremonia santa que había de producir esos grandes efectos. La religión con que se consumaba el matrimonio no era la de Júpiter o la de Juno, o la de otros dioses del Olimpo. La ceremonia no se realizaba en el templo, sino en la casa, y la presidía el dios doméstico.

Continuidad de la familia: Las creencias referentes a los muertos y al culto que se les debía han constituido la familia      antigua y le han dado la mayoría de sus reglas. La regla de que cada familia debía de perpetuarse siempre, los muertos necesitaba que su familia nunca se extinguiese. La extinción de la una familia produce la ruina en la religión de esta. La ley encargaba en Atenas al primer magistrado de que ninguna familia se extinguiese, también la ley romana se mostraba atenta a no dejar caer ningún culto doméstico. Una familia que se extingue es un culto que muere.

El celibato: era una grave impiedad y una desgracia. Apenas hubo leyes y declararon que el celibato era cosa mala y punible. Cuando las leyes dejaron de prohibir el celibato, no por eso dejo de estarlo por las costumbres.


Divorcio en caso de esterilidad: El hijo que había de perpetuar la religión domestica debía ser el fruto de un matrimonio religioso. El matrimonio era pues obligatorio. El efecto del matrimonio a los ojos de la religión y de las leyes era unir a dos seres en un mismo culto domestico para hacer nacer un tercero que fuese apto para continuar ese culto. Si el matrimonio solo había sido efectuado para perpetuar la familia, parecería justo que pudiera disolverse si la mujer era estéril. Si un matrimonio resultaba estéril por causa del marido, no era menos necesario que la familia continuase, entonces su hermano o algún pariente del marido debía de sustituirlo.


Desigualdad entre el hijo y la hija: El nacimiento de una hija no realizaba el objeto del matrimonio, En efecto la hija no podía continuar el culto, pues el día que se casaba renunciaba a la familia y al culto de su padre. Era pues el hijo a quien esperaba el que era necesario. El ingreso de este hijo a la familia se señalaba con un acto religioso.

De la adopción: Cuando se adoptaba a un hijo era preciso, ante todo, iniciarlo en el culto, por eso se realizaba la adopción con una ceremonia sagrada que parece ser muy semejante a la que marcaba el nacimiento de un hijo. A la adopción correspondía como correlativo la emancipación.

De la emancipación: el principal efecto de la emancipación era renunciar al culto de la familia en que naciera, acto los romanos designaban con el significativo nombre de “sacrorum detestatio”.

El parentesco: Platón dice que el parentesco es la comunidad de los mismos dioses domésticos. No se podía ser pariente por línea de las mujeres, la mujer no trasmitía la existencia ni el culto. El principio del parentesco no radicaba en el acto material del nacimiento, sino del mismo culto. El parentesco no solo era de sangre sino también de culto.

Lo que los romanos llamaban agnación: Así como la religión solo se trasmitía de varón en varón, así esta atestiguado por todos los jurisconsultos antiguos que dos hombres no podían ser agnados entre sí, a menos que, remontándose siempre de varón en varón, resultase que tuviese antepasados comunes. La regla para la agnación era pues la misma que para el culto.


Derecho de propiedad: Se sabe que algunas razas nunca llegaron a establecer la propiedad privada, que otras lo lograron después de mucho tiempo y trabajo. La idea de la propiedad privada estaba implicada en la religión misma. Cada familia tenía su hogar y sus antepasados, esos dioses solo podían ser adorados por ella, solo a ella protegían, era su propiedad.


Derecho de sucesión: Habiéndose establecido el derecho de propiedad para la realización de un culto hereditario no era posible que ese derecho se extinguiese por la corta existencia del individuo. El hombre muere, el culto permanece, el hogar no debe extinguirse ni la tumba abandonarse. Prosiguiendo la religión doméstica, el derecho de propiedad debe continuar con ella.

El Derecho de sucesiones: es aquella parte del Derecho privadoque regula la sucesión mortis causa, el destino de las titularidades y relaciones jurídicas tanto activas como pasivas de una persona después de su muerte.